Magistrado ponente: Magistrado en funciones Omar Delgado Chávez
Partes en pugna:
Cadena impugnativa
Fecha de la sentencia: 30 de marzo de 2023
Antecedentes
El 15 de diciembre de 2022 el Instituto Estatal Electoral de Baja California aprobó el dictamen para que el partido nacional Fuerza Por México obtuviera registro como partido local con el nombre de Fuerza Por México Baja California.
Los partidos Movimiento Ciudadano, Partido Verde Ecologista de México, Partido Encuentro Solidario Baja California, Partido del Trabajo y Partido de la Revolución Democrática impugnaron el dictamen.
El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California ordenó que se otorgara el registro como partido local a Fuerza por México, de acuerdo con la sentencia RA-04/2022. Se decidió acumular los expedientes y turnarse a la Sala Guadalajara.
Cada uno de los partidos expresaron sus agravios:
Litis o cuestión a resolver
Los partidos actores quieren que se revoque el registro de Fuerza por México Baja California como partido local, ya que consideran que el tribunal local hizo una interpretación errónea de la ley y que no cumple con los requisitos para obtenerlo.
Argumentos
La Sala Guadalajara encontró los argumentos infundados e inoperantes por las siguientes razones:
En la sentencia RA04/2022 se determinó que aun cuando el partido solicitante no cumpliera con el requisito de haber obtenido el 3% de la votación en la elección local inmediata anterior podría acceder al registro ya que en Baja California existen dos formas para obtener el registro de partido local: (i) alcanzando el 3% de la votación en la elección local inmediata, y (ii) contar con militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad o de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal que tengan credencial para votar.
Siendo que ninguno de los partidos actores impugnó en su momento dicho argumento y por tanto el mismo quedaba firme. Por lo tanto, la sentencia emitida por el tribunal local fue confirmada.
Votación
Se resolvió por unanimidad con los votos del magistrado Presidente Sergio Arturo Guerrero Olvera, el Secretario de Estudio y Cuenta en Funciones de Magistrado Omar Delgado Chávez y la Secretaria General de Acuerdos en Funciones de Magistrada Teresa Mejía Contreras.
Relevancia
Por un lado, se definieron los criterios para que un partido político nacional pueda acceder al registro como partido local y por otro hizo valer la definitividad en las decisiones de las autoridades electorales locales.