Sala que resolvió: Sala Superior del TEPJF.
Sentencia elaborada por: Mónica Aralí Soto Fregoso.
Partes en Pugna
Cadena impugnativa:
Fecha de la emisión de la sentencia: 16 de agosto del 2023.
Antecedentes
Cuestión a resolver (Litis)
El problema jurídico se centró en determinar si la legalidad de un despido de una persona trabajadora de confianza del Instituto Nacional Electoral tiene como consecuencia una posible reinstalación o indemnización, prima de antigüedad y del otorgamiento de salarios caídos.
Argumentos
La Sala Superior determinó que los criterios que deben prevalecer es el sustentado por la Sala Superior y la Sala Regional Xalapa.
Por lo que hace al estudio de las prestaciones, con independencia de que, la parte actora tenga el carácter de trabajadora o trabajador de confianza del INE resulta procedente que se verifique si se actualiza o no el despido injustificado y, resolver sobre la procedencia de las prestaciones reclamadas: como la reinstalación, la indemnización, prima de antigüedad y los salarios vencidos.
Asimismo, en caso de que, se determine que la conclusión del vínculo laboral se realizó de forma injustificada por parte del INE, entonces resultará procedente el análisis de las prestaciones reclamadas, particularmente, las relativas a una posible reinstalación o indemnización, prima de antigüedad y el pago de salarios caídos.
Por otra parte, se debe partir de la premisa de que, por disposición constitucional, las y los trabajadores de confianza no gozan de estabilidad en el empleo, por lo que no resulta procedente su reinstalación, sin que ello sea obstáculo para determinar la viabilidad del pago de la indemnización.
Votación
Se aprobó por unanimidad de votos de las magistradas Mónica Aralí Soto Fregoso, Janine M. Otálora Malassis y de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante Gonzales y José Luis Vargas Valdez, con la ausencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
Relevancia
Esta sentencia es relevante porque determina los criterios que se deben tomar en cuenta en cada caso de despido injustificado de las trabajadoras y los trabajadores de confianza del Instituto Nacional Electoral, asimismo entrar en el estudio de cada caso a fin de señalar si a estos les corresponde todos los derechos laborales que les corresponden a los que no son trabajadores de confianza.